Evaluación y calificaciones

 

Aunque la asistencia a clase y el grado de participación en la misma serán elementos que se tengan en cuenta para la calificación final, la sola asistencia a clase no basta en ningún caso como criterio de evaluación. Todas las materias están sujetas a exámenes finales individuales, orales o escritos, que puedan demostrar en los alumnos un dominio global y suficiente de las correspondientes disciplinas. Tampoco la sola asistencia es suficiente como criterio de evaluación en los Seminarios o clases prácticas. Cada alumno ha de presentar y exponer los trabajos escritos que se le encomienden.

Calificaciones

Las calificaciones que se conceden son:

Matrícula de Honor
10 puntos
Sobresaliente
(de 9 a 10 puntos)
Notable
(de 7 a 8,9 puntos)
Aprobado
(de 5 a 6,9 puntos)
Suspenso o Insuficiente
(de 0 a 4,9 puntos)

 

 

Convocatorias

Todo alumno tiene el derecho y la obligación de presentarse a examen de cada asignatura matriculada en las convocatorias ordinarias vinculadas a la matrícula de las mismas. La matrícula da derecho a dos convocatorias ordinarias de examen por asignatura. La no presentación a un examen por parte del alumno implica, si no se le ha concedido la anulación de la convocatoria, la pérdida de la misma. En principio, no habiendo anulación, las convocatorias se computarán sucesivamente, entendiéndose agotadas en cada caso, aunque el alumno no se presente a examen. En lo relativo a la Sección a distancia del ISCCRR véase «Seguimiento pedagógico para el plan de estudios del Sección a distancia».

Anulación de convocatoria

Los alumnos pueden solicitar anulación de la convocatoria correspondiente, en una, varias o todas las asignaturas en que esté matriculado, mediante solicitud oficial dirigida al Decano o Director entregada en la Secretaría de alumnos, por causa de enfermedad, cumplimiento de obligaciones legales, infortunio familiar u otra de análoga gravedad. La solicitud, acompañada de los documentos acreditativos que procedan, deberá ser presentada dentro de los plazos establecidos. Cada anulación afectará únicamente a una convocatoria. En caso de concesión, dicha convocatoria no le será imputada. La anulación de convocatorias no comporta la devolución de las tasas.

Los plazos para anulación y petición de convocatorias están establecidos oficialmente en el Calendario Académico.

Convocatorias extraordinarias

Agotadas las dos convocatorias ordinarias, el alumno podrá solicitar oficialmente a las Autoridades académicas una tercera, una cuarta y una quinta convocatoria extraordinaria. Por ellas se habrán de abonar en plazo las tasas correspondientes.

Agotar las convocatorias reglamentarias en una misma asignatura impide continuar como alumno ordinario en el Centro académico. Con carácter extraordinario y siguiendo las normas establecidas, se podrá solicitar una “convocatoria extraordinaria por finalización de estudios”.

Las convocatorias de exámenes de los Bienios de Licenciatura/Máster en Teología no pueden ser anuladas. En el caso de las asignaturas de estos Bienios solo podrá solicitarse una convocatoria extraordinaria, consecutiva a las ordinarias. Toda solicitud por parte de los alumnos de Licenciatura/Máster de Teología que sea una excepción a esta norma deberá solicitarse en Secretaría. La resolución de dicha petición por parte de la Autoridad académica correspondiente será totalmente vinculante.

Asignaturas pendientes

La acumulación de más de tres asignaturas pendientes impide pasar al siguiente curso académico. Se entiende por asignatura pendiente toda asignatura matriculada que no haya sido aprobada (por suspenso o por no presentado).

Fechas de exámenes

Los exámenes se realizarán en las fechas anunciadas públicamente por la Secretaría y dentro de los plazos aprobados previamente por los Óragnos de Gobierno.

 

Sesiones de exámenes

Para el Primer y Segundo ciclo de estudios de las Facultades y del Instituto existirán por curso académico seis sesiones de exámenes para asignaturas, cursos y seminarios.

Las sesiones de exámenes se dividen en ordinarias y extraordinarias.

Sesiones ordinarias

Las sesiones ordinarias son aquellas que se realizan dentro del curso académico en el que fueron matriculadas las asignaturas, cursos y seminarios sujetos a evaluación.

Hay tres sesiones ordinarias de exámenes:

  • febrero, tras el fin de las clases del primer semestre,
  • junio, tras el fin de las clases del segundo semestre,
  • y septiembre.

Sesiones extraordinarias

Las sesiones extraordinarias son aquellas que tienen lugar fuera del curso académico en el que fueron matriculadas las asignaturas, cursos y seminarios sujetos a evaluación. Hay tres sesiones extraordinarias:

  • diciembre, antes de la vacaciones de Navidad,
  • Pascua, después de las vacaciones de Semana santa-Pascua
  • y septiembre, después de las vacaciones de verano.

Las fechas de dichas sesiones son determinadas en el Calendario académico anual y se publican en la sección de Servicios académicos de la web.

Inscripción exámenes

Las sesiones ordinarias de exámenes están vinculadas a las Convocatorias ordinarias (1ª y 2ª). Los alumnos con derecho a ser evaluados son automáticamente llamados a examen en Primera convocatoria por la Universidad quedando adscritos a las sesiones ordinarias de febrero y junio para las asignaturas en que están matriculados, una vez finalizadas las clases de dichas asignaturas (febrero, para las asignaturas del primer semestre; junio, para las asignaturas del segundo semestre y anuales). Con relación a las asignaturas no superadas en las sesiones ordinarias de febrero y junio, bien por suspenso o no presentado, bien por anulación de convocatoria, los alumnos son llamados también automáticamente a examen por la Universidad (en segunda convocatoria o en primera convocatoria, respectivamente) quedando adscritos a la tercera sesión ordinaria de exámenes (septiembre).

Los alumnos que no hayan superado alguna asignatura de un curso académico dentro de las sesiones ordinarias de exámenes y que, por anulación de convocatorias, tengan vigente alguna de las convocatorias ordinarias deberán solicitar el examen para dichas asignaturas en sesión extraordinaria (diciembre, Pascua, septiembre) en el plazo que se determine para ello.

Los alumnos que no hayan superado alguna asignatura de un curso académico dentro de las sesiones ordinarias de exámenes (por suspenso o por no presentado) y hayan agotado las convocatorias ordinarias, deberán solicitar, según las normas establecidas, convocatoria extraordinaria (3ª, 4ª o 5ª) y tendrán que realizar necesariamente las pruebas de evaluación de las asignaturas para las que piden ser convocados a examen en alguna de las sesiones extraordinarias de exámenes (diciembre, Pascua o septiembre). Al solicitar en plazo la convocatoria extraordinaria, el alumno deberá indicar la sesión extraordinaria de exámenes a la que quiere adscribir cada asignatura.

Fechas de exámanes

Los exámenes se realizarán en las fechas anunciadas públicamente por la Secretaría y dentro del calendario de sesiones de exámenes aprobado por las Autoridades académicas. En caso de que, por causas muy justificadas, un alumno no pueda realizar el examen en la fecha anunciada, solicitará oficialmente a la Secretaría el cambio de fecha. En ningún caso, el alumno tendrá derecho a que le sea concedido dicho cambio.

 

Uso de programas de detección de similitud textual

Al matricularse en la UESD el alumno se compromete a realizar un trabajo intelectual honesto, excluyendo cualquier práctica de plagio. Asimismo, acepta que sus trabajos escritos sean sometidos a pruebas de control de similitud textual a través de programas informáticos.

El plagio de un trabajo está tipificado en el Reglamento de Disciplina y Ética Universitaria de la UESD, B. 2. d. y sancionado como falta grave o muy grave en el Reglamento de Disciplina y Ética Universitaria de la UESD, C. 2. d. y C. 3. d.